BANCA

Absuelto el ex consejero delegado del Banco de Valencia Domingo Parra por los préstamos a Libertas 7

Domingo Parra, durante su etapa al frente del Banco de Valencia. EXPANSION

Se exonera de responsabilidad tanto a Domingo Parra como a la consejera delegada de Libertas 7, Agnès Noguera.

La Audiencia Nacional ha absuelto al ex consejero delegado del Banco de Valencia Domingo Parra y a la consejera delegada de Libertad 7 Agnes Noguera por las pólizas y los préstamos que la entidad bancaria concedió a la promotora inmobiliaria, al considerar que no ha quedado acreditado que cometieran un delito de administración desleal por ello.

En el caso de Parra, defensa y acusaciones habían alcanzado un acuerdo de conformidad por el que el ex consejero delegado del Banco de Valencia aceptaba una pena de un año y 7 meses de prisión al aplicarle las atenuantes de confesión y de reparación del daño.

En cambio, para la consejera delegada de Libertas 7, la Fiscalía interesaba una pena de 3 años de cárcel, mientras que su defensa reclamaba la libre absolución argumentando que lo hechos no son constitutivos de delito.

Durante la primera sesión de vista oral, celebrada el pasado febrero, el que fuera consejero delegado de la entidad levantina reconoció que las pólizas y préstamos concedidos a Libertas 7 no siguieron el "circuito habitual", con lo que ratificó el acuerdo por el que aceptaba 1 año y 7 meses de prisión.

En el momento de su interrogatorio, Parra ya había ingresado 100.000 euros al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), con el propósito de "reparar el daño en la medida de lo posible".

Sin embargo, la sala se remite a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y determina que para dar por válido una conformidad tienen que estar de acuerdo todos los acusados.

No hay constancia de intereses espurios

Además, apunta, no hay datos externos que revelen la existencia de intereses espurios detrás de aquella actuación.

Los magistrados (en la sentencia, de 100 páginas) recuerdan que Parra tampoco explicó por qué su relato en el juicio fue radicalmente distinto al ofrecido durante la instrucción del caso, tanto en su declaración como en los distintos escritos que presentó, en los que llegó a pedir que se archivara la investigación.

La sala pone en duda las afirmaciones de Parra, que señaló que el grupo Libertas no canceló todas sus deudas con el Banco de Valencia, ya que no deja de ser un testimonio de referencia sin valor, entre otros motivos, porque no aclaró cómo conoció esta circunstancia si cuando se produjo la dación en pago ya no trabajaba en la entidad.

La Audiencia Nacional se opone, de este modo, a las conclusiones de la Fiscalía Anticorrupción, que sostenía que Parra, consejero además de Libertas 7, y Noguera dieron de forma continuada un "trato preferente, de valor", y dispusieron de fondos del banco por un importe de 65 millones mediante la "refinanciación continuada" de seis pólizas y préstamos, desde finales de 2006 a 2012.

Durante el juicio, Anticorrupción defendió que los fondos dispuestos y no devueltos superaron los 61 millones de euros; para su resarcimiento, los nuevos administradores del FROB y Noguera acordaron una dación en pago con los activos de Libertas 7, aunque no fue suficiente y la entidad sufrió un perjuicio de 13,5 millones.

Se rechaza la administración desleal

Al margen del acuerdo al que llegó con Parra, el Ministerio Público solicitaba tres años de cárcel para Noguera, por el mismo delito de administración desleal.

Pero los magistrados consideran que no hay ninguna prueba en la causa que acredite que la concesión de riesgos del Banco de Valencia a Libertas produjera un perjuicio económico a la entidad.

Tampoco se ha probado, continúan, el supuesto perjuicio que habría causado al banco la dación en pago que los administradores provisiones nombrados por el FROB acordaron con Libertas.

En este sentido, se remiten de nuevo al testimonio de Parra sobre las instrucciones que daba para que no se cobraran intereses al grupo, una versión que no permite "concluir que haya supuesto un acto de administración desleal para con el Banco de Valencia, pues no explicó en qué casos se produjo, cual fue la razón, a quien le dio exactamente estas instrucciones ni si llegó a conseguir".

"No hemos podido determinar qué fue lo que verdaderamente ocurrió cuando, junto a esas explicaciones incompletas, contamos con los informes de los peritos que indican que Libertas siempre pagó los intereses pactados", recalcan los magistrados.

Por todo ello, declaran la absolución de los dos acusados y los exoneran de cualquier tipo de responsabilidad civil.

Caixa Popular gana un 40% más y sigue abriendo oficinas
Openbank abre en Valencia su centro tecnológico con 200 empleados
CaixaBank y Afín SGR firman una línea de financiación de 52 millones

Comentarios

Esta noticia aún no tiene comentarios
Sea el primero en dar su opinión