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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una norma que no solo daña a Aena, sino a la seguridad jurídica en España

CINCO DÍAS

Una amplísima mayoría, con 178 votos a favor, 16 en contra y 152 abstenciones, permitió sacar adelante ayer en el Congreso la reforma legislativa de la política comercial de Aena respecto a los alquileres de las tiendas y hoteles aeroportuarios durante la pandemia, una norma que no solo constituye un importante revés económico para el operador, sino que sienta un grave precedente en términos de seguridad jurídica en España. La medida, impulsada desde el Senado por iniciativa del Grupo Parlamentario Nacionalista integrado por Junts Per Catalunya-Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario a través de una enmienda al proyecto de Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modifica los contratos de arrendamiento de local de negocio gestionados por Aena en lo que se refiere a las rentas mínimas anuales garantizadas (RMAG) por el cambio de circunstancias provocado por la pandemia. El texto suprime las rentas que corresponden al periodo del estado de alarma, y a partir de esa fecha establece un recorte equivalente al de la caída del tráfico aéreo, que se mantendrá hasta que este recupere los niveles de 2019. La norma puede suponer una pérdida de ingresos para la compañía de hasta 2.000 millones de euros.

Del abrumador volumen de votos que han permitido aprobar la medida se deduce que ni siquiera la mayor parte de los diputados del PSOE se han opuesto a ella, como tampoco han defendido el acuerdo que Aena ofreció a sus inquilinos comerciales, unas condiciones que fueron aceptadas por un 65% de los contratos, que solo equivalen al 13% de las rentas, pero rechazadas por las cadenas de mayor tamaño. Algunas de ellas mantienen causas judiciales abiertas para reclamar una revisión de sus contratos en términos similares a los que establece la enmienda, por lo que esta incidirá previsiblemente en las decisiones de los órganos judiciales con lo que ello supone de menoscabo al derecho a la tutela judicial efectiva de la otra parte implicada en la contienda, que es Aena.

Pese a las justificaciones políticas respecto al deber del Estado de dar ejemplo a la hora de reequilibrar las condiciones contractuales de los alquileres comerciales en la crisis, la realidad es que la factura de esta iniciativa no recaerá únicamente sobre las arcas públicas, sino sobre el conjunto de los accionistas de Aena, que harán bien en utilizar los recursos judiciales a su alcance para defender sus derechos. Pero más allá de esa circunstancia, el cambio de reglas que supone la norma lanza un peligroso mensaje: el de que España no es un mercado seguro para la inversión, sino un país donde el intervencionismo ocupa el lugar que corresponde a la seguridad jurídica y a la libertad contractual.

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