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Contante y Sonante
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

2022, otro año judicial cargadito para la banca española

A falta de los casos que puedan llegar, el sector está pendiente de tres fallos del TJUE sobre cláusulas abusivas o las tarjetas ‘revolving’

La banca comienza el año pendiente de, al menos, tres procesos judiciales relacionados con productos bancarios, que esperan que se resuelvan ya este año. Estos procesos supondrán un antes y un después para los productos a los que afectan, al margen de las indemnizaciones que puedan suponer para los clientes. Uno de estos procesos es el que tiene que resolver el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre algunas cláusulas abusivas. El Tribunal Supremo planteó una cuestión prejudicial al TJUE sobre algunas materias relacionadas con el comienzo del plazo de prescripción de la acción de restitución de los gastos hipotecarios. A su criterio, “resulta controvertido y relevante determinar cuándo comienza el plazo de prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas por el consumidor […] como consecuencia de una cláusula abusiva”.

Esta cuestión se planteó cuando el Supremo preguntó a la justicia europea por el caso de una consumidora que contrató en 2006 una hipoteca con Banco CEISS (luego absorbido por Unicaja) y que, pese a que en 2016 reclamó las cantidades pagadas de más por una cláusula suelo, el banco recurrió y la clienta decidió no seguir con las reclamaciones, aunque su procedimiento seguía vivo en los juzgados por el recurso del banco en 2016.

A este caso se le añaden dos más, como es el de las polémicas tarjetas revolving. El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Castellón planteó una cuestión prejudicial al TJUE en la que preguntaba si es compatible con el Derecho de la UE la sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, sobre las tarjetas revolving, al establecer que un tipo de interés es usurario y llevar a cabo una suerte de control de precios al arbitrio de los jueces que pone en cuestión la seguridad jurídica. De esta forma, es el TJUE el que deberá decidir si la doctrina del Supremo sobre el carácter usurario de los créditos revolving es contraria o no al derecho de la Unión.

Otro pleito abierto y que se espera que se resuelva en los próximos meses es el que planteó el Juzgado de Primera Instancia número 49 de Barcelona al TJUE sobre los límites del derecho a reembolso de los consumidores a través de costas procesales en procesos civiles sobre cláusulas abusivas. El abogado general de la UE defiende que debe ser un importe razonable y proporcionado con respecto a los gastos en los que objetivamente debía incurrir para presentar ese recurso.

Esta petición se enmarca en un litigio entre dos consumidores y CaixaBank relativo a los honorarios de los abogados que los primeros reclaman a la entidad financiera en el marco de un procedimiento de tasación de costas. Este procedimiento trae causa de una sentencia dictada en cuanto al fondo en la que, a petición de estos consumidores, se declaró el carácter abusivo de cláusulas contractuales incluidas en el contrato del préstamo en cuestión entre ambas partes, y se ordenó que se devolvieran a los citados clientes los importes indebidamente abonados sobre la base de estas cláusulas y se condenó en costas a CaixaBank.

Santander está pendiente también de los casos ‘Popular y Orcel’; y BBVA del ‘caso Villarejo’

Pero a estas causas hay que añadir otras a título individual, como es el caso BBVA-Villarejo, el caso Banco Popular y el pleito planteado por el banquero italiano Andrea Orcel contra Banco Santander, quien reclamaba una indemnización inicial de 112 millones de euros, y ahora reducida a 51 millones, según un juez, por su fichaje frustrado como consejero delegado en septiembre de 2018. El banco recurrirá el fallo.

Sobre el caso BBVA, el juez Joaquín Gadea ha acordado 14 nuevas declaraciones y solicita nueva documentación a PwC, la firma que contrató el banco para realizar el forensic del caso Cenyt, empresa del excomisario José Manuel Villarejo contratada por BBVA para distintos proyectos al menos entre 2004 y 2017, por los que la entidad financiera habría pagado más de 10 millones de euros al excomisario. El caso inicialmente tiene que acabar antes de final de mes, aunque algunos imputados, como Antonio Béjar, han pedido que se amplíe en tres meses el plazo. Este litigio podría afectar al presidente de BBVA, Carlos Torres, aunque la contratación de Cenyt se produjo cuando Francisco González, era presidente. Varias fuentes apuntan, no obstante, que la posibilidad de que salpique a Torres es remota.

En cuanto al caso Banco Popular -entidad intervenida bajo la fórmula de resolución el 7 de junio de 2017, y vendida a Santander por un euro-, el fiscal de la Audiencia Nacional, Antonio Romeral, ha solicitado al juez instructor una nueva prórroga de la investigación sobre que inicialmente expiraba el 29 de enero. El fiscal considera que aún se debe aportar a la causa documentación solicitada a Santander que es de “indudable valor para el esclarecimiento de los hechos”.

La resolución de Popular, primer banco en el que Europa aplica la normativa por la cual son los accionistas los que se hacen cargo de la quiebra, tiene varias causas abiertas. Por un lado, se investiga las presuntas irregularidades contables en 2016, con una ampliación de capital de 2.500 millones de euros, y otra que atañe a las filtraciones a la prensa de un años después y que habrían provocado su resolución.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) tiene previsto anunciar el próximo 1 de junio si el rescate de Popular fue legal. Si la conclusión es contraria, Bruselas tendría que afrontar una multimillonaria indemnización a todos los afectados, los accionistas.

Además, queda pendiente el fallo del TJUE, previsto para abril, en el que el organismo europeo decidirá si los accionistas de Banco Popular deberían o no poder pedir a Santander una indemnización por las acciones que compraron antes de la resolución de la entidad financiera alegando que el folleto de la emisión de ampliación de capital de 2016 contenía información inexacta.

De momento, el abogado general del TJUE anunció en diciembre su opinión contraria a que los inversores, grandes o pequeños, puedan pedir una indemnización al banco que preside Botín, ya que mantiene que el interés de los accionistas no prevalece sobre el interés de garantizar la estabilidad del sistema financiero, y que, según la directiva sobre resolución, quienes son accionistas en el momento de la disolución asumirán las primeras pérdidas.

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